El banco de España

 

A partir del 1 de enero de 1999, las funciones de los bancos centrales nacionales de los países participantes en la zona del euro fueron redefinidas. Se hizo necesario modificar la Ley de Autonomía del Banco de España (BE), el banco central español, para garantizar la plena integración de éste en el Sistema Europeo de Bancos Centrales(SEBC).
La ley reconoce las potestades del Banco Central Europeo (BCE) en política monetaria del área euro y sus facultades en relación con la política de tipo de cambio
En concreto, el Banco de España participa en el desarrollo de las siguientes
funciones básicas atribuidas al SEBC:
- Definir y ejecutar la política monetaria
- Ejecutar la política cambiaria y llevar acabo operaciones de cambio de divisas.
- Promover el buen funcionamiento del sistema de pagos en el área de euros.

- Emitir los billetes de curso legal.

Además también realiza:

1) Operaciones activas:

- El control y la centralización de las reservas de divisas.
- La concesión de préstamos al sistema bancario y al sector público.
- Poseer y gestionar las reservas de divisas y metales preciosos no transferidas al BCE.
- Supervisar la solvencia y la actuación de las entidades de crédito.
- Promover el buen funcionamiento y la estabilidad del sistema financiero.
- Poner en circulación la moneda metálica.
- Asesorar al gobierno , elaborar y publicar estadísticas relacionadas con sus funciones y asistir al BCE en la recopilaciíon de la información.
2) Operaciones pasivas:
- La emisión del dinero en régimen de monopolio. Es el único dinero que puede circular legalmente.
- La aceptación de depósitos de las entidades financieras, según el volumen de negocio de éstas.